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Criterios
que constituyen la base de los Premios
"Revista Enología 2006"
1.Todos los participantes de
los PREMIOS “REVISTA ENOLOGÍA”
DE LA VITIVINICULTURA ARGENTINA por
el hecho de participar en el mismo se
someten a este reglamento. La participación
se circunscribe a las personas que ingresen
en la página web www.revistaenologia.com,
ya sea en forma directa o a través
de boletines recibidos. La participación
en este concurso supone la aceptación
de sus bases.
2.
El COMITÉ conformado por los
directivos de REVISTA ENOLOGÍA
y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA
Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (en adelante el
COMITÉ) estará a cargo
del ordenamiento del evento y resolverán
en caso de presentarse situaciones no
previstas por este reglamento. El COMITÉ
se reserva el derecho a realizar modificaciones
necesarias al mismo.
3.
El PREMIO A LA TRAYECTORIA EN VITICULTURA
será otorgado a la persona física
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo) para cada ZONA
(definidas más abajo). Se considerará
la ZONA que el votante haya elegido.
4.
El PREMIO A LA REVELACIÓN EN
VITICULTURA será otorgado a la
persona física que reúna
la mayor cantidad de votos de acuerdo
a la VOTACIÓN (definida más abajo)
para cada ZONA (definidas más abajo).
Se considerará la ZONA que el
votante haya elegido.
5.
El PREMIO A LA INNOVACIÓN EN
VITICULTURA será otorgado a la
persona física que reúna
la mayor cantidad de votos de acuerdo
a la VOTACIÓN (definida más abajo)
para cada ZONA (definidas más abajo).
Se considerará la ZONA que el
votante haya elegido.
6.
El PREMIO A LA TRAYECTORIA EN ENOLOGÍA
será otorgado a la persona física
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo) para cada ZONA
(definidas más abajo). Se considerará
la ZONA que el votante haya elegido.)
7.
El PREMIO A LA REVELACIÓN EN
ENOLOGÍA será otorgado
a la persona física que reúna
la mayor cantidad de votos de acuerdo
a la VOTACIÓN (definida más abajo)
para cada ZONA (definidas más abajo).
Se considerará la ZONA que el
votante haya elegido.
8.
El PREMIO A LA INNOVACIÓN EN
ENOLOGÍA será otorgado
a la persona física que reúna
la mayor cantidad de votos de acuerdo
a la VOTACIÓN (definida más abajo)
para cada ZONA (definidas más abajo).
Se considerará la ZONA que el
votante haya elegido.
9.
El PREMIO MEDALLA DE ORO será
otorgado a la persona física
que reciba la mayor cantidad de votos
en el total de los rubros: TRAYECTORIA
EN VITICULTURA, REVELACIÓN EN
VITICULTURA, INNOVACIÓN EN VITICULTURA,
TRAYECTORIA EN ENOLOGÍA, REVELACIÓN
EN ENOLOGÍA, INNOVACIÓN
EN ENOLOGÍA para todas las ZONAS.
10.
El PREMIO A LA EXPORTACIÓN TOTAL
DE VINOS será otorgado a la persona
física o jurídica que
haya realizado la mayor exportación
de vino fraccionado de acuerdo a los
datos aportados por la consultora independiente
CAUCASIA WINE THINKING, en base a datos
de la Dirección General de Aduanas.
11.
El PREMIO A LA EXPORTACIÓN DE
VINO MALBEC será otorgado a la
persona física o jurídica
que haya realizado la mayor exportación
de vino Malbec de acuerdo a los datos
aportados por la consultora independiente
CAUCASIA WINE THINKING, en base a datos
de la Dirección General de Aduanas.
12.
El PREMIO A LA EXPORTACIÓN
DE MOSTO CONCENTRADO DE UVA
será otorgado a la persona física
o jurídica que haya realizado
la mayor exportación de mosto
concentrado de uva de acuerdo a los
datos aportados por la consultora independiente
CAUCASIA WINE THINKING, en base a datos
de la Dirección General de Aduanas.
13.
El PREMIO AL CRECIMIENTO EN LAS EXPORTACIONES
será otorgado a la persona jurídica
que haya tenido el mayor crecimiento
de acuerdo a los datos aportados por
la consultora independiente CAUCASIA
WINE THINKING.
14.
El PREMIO A LA PRESENCIA NACIONAL será
otorgado a la persona física
o jurídica que tenga la mayor
presencia en el mercado a nivel nacional
de acuerdo a la VOTACIÓN (definida
más abajo).
15.
El PREMIO A LA BODEGA DEL AÑO
será otorgado a la persona jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo).
16.
El PREMIO A LA CALIDAD DE SERVICIOS
será otorgado a la persona jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo)
17.
El PREMIO A LA MAYOR INNOVACION
será otorgado a la persona jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo)
18.
El PREMIO A LA PROVEEDOR DEL
AÑO será otorgado a la
persona jurídica que reúna
la mayor cantidad de votos de acuerdo
a la VOTACIÓN (definida más
abajo)
19.
El PREMIO A LA PROMOCIÓN DEL
CONSUMO será otorgado a la persona
jurídica que reúna la
mayor cantidad de votos de acuerdo a
la VOTACIÓN (definida más
abajo).
20.
El PREMIO A LA PROMOCIÓN DE LA
ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA será
otorgado a la persona jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo).
21.
El PREMIO A LA INVESTIGACIÓN
será otorgado a la persona jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo).
22.
El PREMIO A LA EDUCACIÓN será
otorgado a la persona jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo).
23.
El PREMIO A LA PROMOCIÓN EN EL
EXTERIOR será otorgado a la persona
jurídica que reúna la
mayor cantidad de votos de acuerdo a
la VOTACIÓN (definida más
abajo).
24.
El PREMIO A LA CALIDAD DE LA COMUNICACIÓN
será otorgado a la persona jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo).
25.
El PREMIO AL PERIODISTA DESTACADO será
otorgado a la persona física
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo).
26.
El PREMIO A LA MEJOR COMUNICACIÓN
INTERNACIONAL será otorgado a
la persona física o jurídica
que reúna la mayor cantidad de
votos de acuerdo a la VOTACIÓN
(definida más abajo).
27.
VOTACION: Se contabilizaran los votos
recibidos en forma electrónica
en el servidor de DISUAL desde el día
31/08/06 a las 17:00 horas hasta el
día 10/10/06 a las 16 horas.
El recuento de votos será auditado
por escribano público nacional
quien dará por cerrada esta votación
con este acto.
28.
ZONAS: Se da por aceptada para la VOTACIÓN
la ZONA que el votante hubiese elegido,
sin importar el origen, radicación
o lugar del desempeño principal
de la persona votada. Se define como
ZONA NORTE a las provincias de La Rioja,
Catamarca, Salta y Córdoba. Se
define como ZONA CENTRO a las provincias
de San Juan y Mendoza. Se define como
ZONA SUR a las provincias de Rio Negro
y Neuquén.
29.
Podrán quedar desiertas por bajo
numero de votos, categorías o
zonas en el momento del recuento de
votos, a criterio del COMITÉ
30.
Los premios a los rubros TRAYECTORIA
EN VITICULTURA, REVELACIÓN EN
VITICULTURA, INNOVACIÓN EN VITICULTURA,
TRAYECTORIA EN ENOLOGÍA, REVELACIÓN
EN ENOLOGÍA, INNOVACIÓN
EN ENOLOGÍA, EXPORTACIÓN
TOTAL DE VINOS, EXPORTACIÓN DE
VINO MALBEC, CRECIMIENTO EN LAS EMPRESAS,
PRESENCIA NACIONAL, BODEGA DEL AÑO,
CALIDAD DE SERVICIOS, MAYOR INNOVACIÓN,
PROVEEDOR DEL AÑO, PROMOCIÓN
DEL CONSUMO, PROMOCIÓN DE LA
ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA, INVESTIGACIÓN,
EDUCACIÓN, PROMOCIÓN EN
EL EXTERIOR, CALIDAD DE LA COMUNICACIÓN,
PERIODISTA DESTACADO, MEJOR COMUNICACIÓN
INTERNACIONAL consistirán en
medallas simbólicas de plata.
El premio MEDALLA DE ORO consistirá
en una medalla simbólica de oro.
31.
No podrán ser ganadores de los
premios REVISTA ENOLOGÍA o el
CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y
EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA
ARGENTINA ni directivos, empleados o
familiares directos de estos.
32.
REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO
DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA
FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
están facultados para imprimir
y/o ilustrar y/o publicar fotografías
y/o videos con, motivos de esta premiación
por cualquier medio de comunicación,
incluida la misma revista, sin que el
participante pueda reclamar por concepto
alguno. Asimismo los ganadores de la
premiación ceden sin cargo alguno
sus derechos por la utilización
de imagen en acciones de comunicación
que lleven a cabo REVISTA ENOLOGÍA
o el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA
Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA por cualquier vía
o medio.
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Bases
y Condiciones de los Sorteos en la entrega
de Premios "Revista Enología
2006 "
1.
Todos los participantes del SORTEO en
la entrega de PREMIOS “REVISTA
ENOLOGÍA” DE LA VITIVINICULTURA
ARGENTINA por el hecho de participar
en el mismo se someten a este reglamento.
La promoción se circunscribe
a las personas que ingresen sus datos
en la página web www.revistaenologia.com
o adquieran entradas para participar
de este evento.
2. LOS SORTEOS se llevarán a
cabo el día 20/10/06, para participantes
de todo el territorio de la República
Argentina. Los premios consistirán
en becas de entrenamiento y capacitación.
3.
REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO
DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA
FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
estarán a cargo del ordenamiento
del evento, quienes resolverán
en caso de presentarse situaciones no
previstas por este reglamento y se reservan
el derecho a realizar modificaciones
necesarias al mismo.
4.
El mecanismo del concurso es el siguiente:
a) Confección de la ficha: la
ficha se encontrará disponible
en la página web www.revistaenologia.com
y en los boletines enviados respecto
a este concurso, donde cada participante
deberá completar todos los datos
que están especificados en el
mismo antes de ser enviado vía
correo electrónico y/o internet
respondiendo a las preguntas detalladas.
Los participantes deberán ser
mayores de 18 años al momento
de confeccionar la ficha. Las fichas
se podrán completar para tal
fin, entre los días 31/08/06
hasta el 10/10/06, participando en el
sorteo próximo posterior al envío
del cupón. Los cupones electrónicos
completados deberán ser enviados
conforme instrucción/modalidad
indicada en la página, permitiéndose
un cupón electrónico por
participante.
b) La compra de una entrada al evento
PREMIOS “REVISTA ENOLOGÍA”
DE LA VITIVINICULTURA ARGENTINA adjudicara
un número para participar del
sorteo.
5.
El premio no es intercambiable por dinero
u otros valores y no podrá cederse
ni transferirse a terceros en forma
previa a su recepción. El premio
no es transferible ni cesible bajo concepto
alguno. Caso contrario caducará
sin derecho del beneficiario a reclamo
de naturaleza alguna. En el caso de
que los beneficiarios, una vez notificados,
no procedan a retirar el premio del
sorteo dentro de los 30 días
posteriores a la notificación,
perderán todo derecho a reclamo
futuro. En el caso que el participante
haya consignado un domicilio erróneo
y se haya notificado a ese domicilio
y no se haya podido ubicar por otro
medio, el beneficiario perderá
todo derecho a reclamo futuro. El premio
que quedare vacante no se asignará
a otro participante.
6.
REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO
DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA
FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
se comunicará con el ganador
a través de un medio fehaciente
(telegrama o carta documento) al domicilio
que figure en el cupón electrónico
y en forma telefónica en los
siguientes 15 hábiles días
a la fecha del sorteo.
7.
No podrán ser ganadores del sorteo
directivos o empleados de REVISTA ENOLOGÍA
o del CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA
Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA o familiares directos
de estos.
8.
REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO
DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA
FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
están facultadas para imprimir
y/o ilustrar y/o publicar fotografías
y/o videos con, motivos de este concurso
por cualquier medio de comunicación,
sin que el participante pueda reclamar
por concepto alguno. Asimismo el participante
ganador del concurso cede sin cargo
alguno sus derechos por la utilización
de imagen en acciones de comunicación
que lleven a cabo REVISTA ENOLOGÍA
y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA
Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA por cualquier vía
o medio.
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