AUSPICIARON ESTE EVENTO

 

Criterios que constituyen la base de los Premios "Revista Enología 2006"
1.Todos los participantes de los PREMIOS “REVISTA ENOLOGÍA” DE LA VITIVINICULTURA ARGENTINA por el hecho de participar en el mismo se someten a este reglamento. La participación se circunscribe a las personas que ingresen en la página web www.revistaenologia.com, ya sea en forma directa o a través de boletines recibidos. La participación en este concurso supone la aceptación de sus bases.

2. El COMITÉ conformado por los directivos de REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (en adelante el COMITÉ) estará a cargo del ordenamiento del evento y resolverán en caso de presentarse situaciones no previstas por este reglamento. El COMITÉ se reserva el derecho a realizar modificaciones necesarias al mismo.

3. El PREMIO A LA TRAYECTORIA EN VITICULTURA será otorgado a la persona física que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo) para cada ZONA (definidas más abajo). Se considerará la ZONA que el votante haya elegido.

4. El PREMIO A LA REVELACIÓN EN VITICULTURA será otorgado a la persona física que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo) para cada ZONA (definidas más abajo). Se considerará la ZONA que el votante haya elegido.

5. El PREMIO A LA INNOVACIÓN EN VITICULTURA será otorgado a la persona física que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo) para cada ZONA (definidas más abajo). Se considerará la ZONA que el votante haya elegido.

6. El PREMIO A LA TRAYECTORIA EN ENOLOGÍA será otorgado a la persona física que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo) para cada ZONA (definidas más abajo). Se considerará la ZONA que el votante haya elegido.)

7. El PREMIO A LA REVELACIÓN EN ENOLOGÍA será otorgado a la persona física que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo) para cada ZONA (definidas más abajo). Se considerará la ZONA que el votante haya elegido.

8. El PREMIO A LA INNOVACIÓN EN ENOLOGÍA será otorgado a la persona física que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo) para cada ZONA (definidas más abajo). Se considerará la ZONA que el votante haya elegido.

9. El PREMIO MEDALLA DE ORO será otorgado a la persona física que reciba la mayor cantidad de votos en el total de los rubros: TRAYECTORIA EN VITICULTURA, REVELACIÓN EN VITICULTURA, INNOVACIÓN EN VITICULTURA, TRAYECTORIA EN ENOLOGÍA, REVELACIÓN EN ENOLOGÍA, INNOVACIÓN EN ENOLOGÍA para todas las ZONAS.

10. El PREMIO A LA EXPORTACIÓN TOTAL DE VINOS será otorgado a la persona física o jurídica que haya realizado la mayor exportación de vino fraccionado de acuerdo a los datos aportados por la consultora independiente CAUCASIA WINE THINKING, en base a datos de la Dirección General de Aduanas.

11. El PREMIO A LA EXPORTACIÓN DE VINO MALBEC será otorgado a la persona física o jurídica que haya realizado la mayor exportación de vino Malbec de acuerdo a los datos aportados por la consultora independiente CAUCASIA WINE THINKING, en base a datos de la Dirección General de Aduanas.

12. El PREMIO A LA EXPORTACIÓN DE MOSTO CONCENTRADO DE UVA será otorgado a la persona física o jurídica que haya realizado la mayor exportación de mosto concentrado de uva de acuerdo a los datos aportados por la consultora independiente CAUCASIA WINE THINKING, en base a datos de la Dirección General de Aduanas.

13. El PREMIO AL CRECIMIENTO EN LAS EXPORTACIONES será otorgado a la persona jurídica que haya tenido el mayor crecimiento de acuerdo a los datos aportados por la consultora independiente CAUCASIA WINE THINKING.

14. El PREMIO A LA PRESENCIA NACIONAL será otorgado a la persona física o jurídica que tenga la mayor presencia en el mercado a nivel nacional de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

15. El PREMIO A LA BODEGA DEL AÑO será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

16. El PREMIO A LA CALIDAD DE SERVICIOS será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo)

17. El PREMIO A LA MAYOR INNOVACION será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo)

18. El PREMIO A LA PROVEEDOR DEL AÑO será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo)

19. El PREMIO A LA PROMOCIÓN DEL CONSUMO será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

20. El PREMIO A LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

21. El PREMIO A LA INVESTIGACIÓN será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

22. El PREMIO A LA EDUCACIÓN será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

23. El PREMIO A LA PROMOCIÓN EN EL EXTERIOR será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

24. El PREMIO A LA CALIDAD DE LA COMUNICACIÓN será otorgado a la persona jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

25. El PREMIO AL PERIODISTA DESTACADO será otorgado a la persona física que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

26. El PREMIO A LA MEJOR COMUNICACIÓN INTERNACIONAL será otorgado a la persona física o jurídica que reúna la mayor cantidad de votos de acuerdo a la VOTACIÓN (definida más abajo).

27. VOTACION: Se contabilizaran los votos recibidos en forma electrónica en el servidor de DISUAL desde el día 31/08/06 a las 17:00 horas hasta el día 10/10/06 a las 16 horas. El recuento de votos será auditado por escribano público nacional quien dará por cerrada esta votación con este acto.

28. ZONAS: Se da por aceptada para la VOTACIÓN la ZONA que el votante hubiese elegido, sin importar el origen, radicación o lugar del desempeño principal de la persona votada. Se define como ZONA NORTE a las provincias de La Rioja, Catamarca, Salta y Córdoba. Se define como ZONA CENTRO a las provincias de San Juan y Mendoza. Se define como ZONA SUR a las provincias de Rio Negro y Neuquén.

29. Podrán quedar desiertas por bajo numero de votos, categorías o zonas en el momento del recuento de votos, a criterio del COMITÉ

30. Los premios a los rubros TRAYECTORIA EN VITICULTURA, REVELACIÓN EN VITICULTURA, INNOVACIÓN EN VITICULTURA, TRAYECTORIA EN ENOLOGÍA, REVELACIÓN EN ENOLOGÍA, INNOVACIÓN EN ENOLOGÍA, EXPORTACIÓN TOTAL DE VINOS, EXPORTACIÓN DE VINO MALBEC, CRECIMIENTO EN LAS EMPRESAS, PRESENCIA NACIONAL, BODEGA DEL AÑO, CALIDAD DE SERVICIOS, MAYOR INNOVACIÓN, PROVEEDOR DEL AÑO, PROMOCIÓN DEL CONSUMO, PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA, INVESTIGACIÓN, EDUCACIÓN, PROMOCIÓN EN EL EXTERIOR, CALIDAD DE LA COMUNICACIÓN, PERIODISTA DESTACADO, MEJOR COMUNICACIÓN INTERNACIONAL consistirán en medallas simbólicas de plata. El premio MEDALLA DE ORO consistirá en una medalla simbólica de oro.

31. No podrán ser ganadores de los premios REVISTA ENOLOGÍA o el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA ni directivos, empleados o familiares directos de estos.

32. REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA están facultados para imprimir y/o ilustrar y/o publicar fotografías y/o videos con, motivos de esta premiación por cualquier medio de comunicación, incluida la misma revista, sin que el participante pueda reclamar por concepto alguno. Asimismo los ganadores de la premiación ceden sin cargo alguno sus derechos por la utilización de imagen en acciones de comunicación que lleven a cabo REVISTA ENOLOGÍA o el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA por cualquier vía o medio.

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Bases y Condiciones de los Sorteos en la entrega de Premios "Revista Enología 2006 "
1. Todos los participantes del SORTEO en la entrega de PREMIOS “REVISTA ENOLOGÍA” DE LA VITIVINICULTURA ARGENTINA por el hecho de participar en el mismo se someten a este reglamento. La promoción se circunscribe a las personas que ingresen sus datos en la página web www.revistaenologia.com o adquieran entradas para participar de este evento.

2. LOS SORTEOS se llevarán a cabo el día 20/10/06, para participantes de todo el territorio de la República Argentina. Los premios consistirán en becas de entrenamiento y capacitación.

3. REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA estarán a cargo del ordenamiento del evento, quienes resolverán en caso de presentarse situaciones no previstas por este reglamento y se reservan el derecho a realizar modificaciones necesarias al mismo.

4. El mecanismo del concurso es el siguiente:
a) Confección de la ficha: la ficha se encontrará disponible en la página web www.revistaenologia.com y en los boletines enviados respecto a este concurso, donde cada participante deberá completar todos los datos que están especificados en el mismo antes de ser enviado vía correo electrónico y/o internet respondiendo a las preguntas detalladas. Los participantes deberán ser mayores de 18 años al momento de confeccionar la ficha. Las fichas se podrán completar para tal fin, entre los días 31/08/06 hasta el 10/10/06, participando en el sorteo próximo posterior al envío del cupón. Los cupones electrónicos completados deberán ser enviados conforme instrucción/modalidad indicada en la página, permitiéndose un cupón electrónico por participante.
b) La compra de una entrada al evento PREMIOS “REVISTA ENOLOGÍA” DE LA VITIVINICULTURA ARGENTINA adjudicara un número para participar del sorteo.

5. El premio no es intercambiable por dinero u otros valores y no podrá cederse ni transferirse a terceros en forma previa a su recepción. El premio no es transferible ni cesible bajo concepto alguno. Caso contrario caducará sin derecho del beneficiario a reclamo de naturaleza alguna. En el caso de que los beneficiarios, una vez notificados, no procedan a retirar el premio del sorteo dentro de los 30 días posteriores a la notificación, perderán todo derecho a reclamo futuro. En el caso que el participante haya consignado un domicilio erróneo y se haya notificado a ese domicilio y no se haya podido ubicar por otro medio, el beneficiario perderá todo derecho a reclamo futuro. El premio que quedare vacante no se asignará a otro participante.

6. REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA se comunicará con el ganador a través de un medio fehaciente (telegrama o carta documento) al domicilio que figure en el cupón electrónico y en forma telefónica en los siguientes 15 hábiles días a la fecha del sorteo.

7. No podrán ser ganadores del sorteo directivos o empleados de REVISTA ENOLOGÍA o del CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA o familiares directos de estos.

8. REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA están facultadas para imprimir y/o ilustrar y/o publicar fotografías y/o videos con, motivos de este concurso por cualquier medio de comunicación, sin que el participante pueda reclamar por concepto alguno. Asimismo el participante ganador del concurso cede sin cargo alguno sus derechos por la utilización de imagen en acciones de comunicación que lleven a cabo REVISTA ENOLOGÍA y el CENTRO DE LICENCIADOS EN ENOLOGIA Y EN INDUSTRIA FRUTIHORTICOLA DE LA REPUBLICA ARGENTINA por cualquier vía o medio.

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